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UNODC - COLOMBIA, abre convocatoria para Profesional en Ciencias Sociales (Antropología o Sociología preferiblemente con Maestría y/o Especialización

PROFESIONAL SOCIAL PARA PROCESOS DE CONSULTA PREVIA — DESARROLLO ALTERNATIVO

TÉRMINOS DE REFERENCIA
PROFESIONAL SOCIAL PARA PROCESOS DE CONSULTA PREVIA
Duración: Seis meses (prorrogable)
Sede: Bogotá
Dedicación: Tiempo completo
Tipo de contrato: Contrato de Servicios (SC)
Remuneración: SB-3

CONTEXTO
La problemática de las drogas, dinámica a nivel global, en Colombia afecta también los territorios de pueblos indígenas y comunidades afrodescendientes. Esto plantea la necesidad de dimensionar, hacer seguimiento y monitorear esta compleja problemática desde el nivel regional para que las políticas y estrategias se focalicen a partir del reconocimiento de sus particularidades. Teniendo en cuenta lo anterior, en el año 2013, El Ministerio de Justicia y del Derecho en la implementación de la política de drogas, suscribió el Convenio de Cooperación 252 con la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito — UNODC- cuyo objeto es "Cooperación técnica y apoyo económico entre la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito y el Ministerio de Justicia y del Derecho para apoyar la implementación de actividades y proyectos a nivel
regional, departamental y municipal para el desarrollo de la política de drogas".

Los territorios indígenas (tanto ancestrales como los reconocidos legalmente bajo la figura de resguardo) se han visto afectados de diversas maneras por la presencia creciente de cultivos ilícitos durante la última década. Colonización, incremento de violencia y presencia de grupos armados, pérdida de seguridad alimentaria, de autonomía y gobernabilidad entre otras. Como consecuencia, los pueblos indígenas han experimentado una serie de cambios culturales, ambientales y territoriales que en algunos casos ponen en peligro su supervivencia. Superar esta situación implica la construcción de nuevas propuestas en un proceso conjunto entre instituciones estatales y pueblos indígenas para superar los factores de aparición de estos cultivos en sus territorios.

La consulta previa es un derecho fundamental de los pueblos indígenas y demás grupos étnicos de Colombia, que busca garantizar su participación en la toma de decisiones que puedan afectarlos. La Constitución Política y el convenio n° 169 de la Organización Internacional del Trabajo-01T, ratificado por la Ley 21 de 1991, al hacer reconocimiento de sus derechos individuales y colectivos, así lo consignan. El Estado colombiano es el garante de estos derechos y esa obligación es indelegable e insustituible, por tal razón el Ministerio del Interior a través de la Dirección de Consulta Previa es quien convoca, divulga los principios de las consultas, protocoliza y hace seguimiento de estos procesos, con la colaboración de las demás instituciones intervinientes. La sentencia SU-383 de 2003 de la Corte Constitucional establece en la jurisprudencia los lineamientos generales para los procesos de consulta previa dirigidos a la erradicación de cultivos ilícitos en los territorios indígenas.

La Dirección de Política contra las Drogas y Actividades relacionadas del Ministerio de Justicia y del Derecho en conjunto con la Oficina de las Naciones Unidas Contra las Drogas y el Delito (Unodc) en el marco del Convenio de Cooperación número 252 de 2013 ejecuta la línea estratégica de acción b) "Apoyo a la estrategia de consulta previa para la erradicación de cultivos ilícitos en territorios indígenas, y a la incorporación voluntaria de comunidades consultadas a procesos de desarrollo alternativo con enfoque diferencial." destinada a mejorar las capacidades del Estado colombiano, y de las autoridades y pueblos indígenas para el desarrollo adecuado de los procesos de consulta previa para erradicación de cultivos ilícitos presentes en territorios indígenas.

Bajo la supervisión general del Líder de la Unidad de Análisis del Programa de Desarrollo Alternativo, el Profesional Social para Procesos de Consulta Previa será responsable en términos generales de orientar y realizar análisis que permitan hacer un balance del proceso de consulta previa en materia de reducción de cultivos ilícitos en territorios indígenas y tribales; de hacer seguimiento a las consultas previas que se realicen para tal fin durante la vigencia del Convenio de Cooperación número 252 de 2013, de acuerdo con el Plan de Acción del mismo y de formular recomendaciones dirigidas al proceso de consulta previa para la erradicación de cultivos ilícitos en territorios indígenas.

FUNCIONES
1. Definir y/o desarrollar, las metodologías y herramientas analíticas apropiadas para abordar desde una perspectiva social y cultural, la implementación de la consulta previa para erradicación de cultivos ilícitos, sus logros, alcances y limitaciones en términos de diálogo intercultural, reconocimiento de derechos y ejercicio de los deberes constitucionales del Estado, entre otros aspectos.
2. Elaborar guías metodológicas y herramientas de recolección de información, con énfasis en aspectos sociales, culturales y políticos relevantes que permitan hacer seguimiento y evaluación al desarrollo de las consultas previas para erradicación de cultivos ilícitos que se realicen durante la vigencia del Convenio de Cooperación número 252 de 2013.
3. Estructurar los componentes social y cultural de los instrumentos de recolección de información sobre posiciones institucionales e individuales de los actores relevantes en los procesos de consulta previa, tales como entrevistas estructuradas y semiestructuradas, etc.
4. Redactar informes, documentos, artículos y ponencias de acuerdo con los requerimientos y necesidades de la ejecución de la Línea estratégica de acción "Apoyo a la estrategia de consulta previa para la erradicación de cultivos ilícitos en
territorios indígenas y a la incorporación voluntaria de comunidades consultadas aprocesos de desarrollo alternativo con enfoque diferencial" del Convenio de
Cooperación número 252 de 2013.
5. Participar en la socialización y sistematización de los informes contemplados en el plan de acción del mencionado Convenio en lo referente a consulta previa en diferentes niveles (Comunidad, funcionarios, tomadores de decisiones, sociedad civil si así se requiere)
6. Liderar la recolección de información secundaria relativa a los aspectos sociales y culturales pertinentes para las actividades de la referida Línea Estratégica del Convenio 252. 7. Recolectar, procesar y analizar información sobre los procesos de consulta previa contemplados en el plan de acción de la línea estratégica respectiva del Convenio 252 con miras a la producción de informes y documentos de recomendaciones de
política.
8. Hacer acompañamiento y seguimiento a los procesos de consulta previa descritos
9. Las demás actividades relacionadas con el cargo, que se consideren pertinentes para

REQUISITOS
• Profesional en Ciencias Sociales como Antropología o Sociología preferiblemente con Maestría y/o Especialización en áreas afines.
• Experiencia profesional de cuatro (4) años de trabajo en su área de conocimiento específico, preferiblemente con entidades estatales y comunidades indígenas y/o negras en procesos de consulta previa.
• Experiencia liderando procesos de mediación y negociación con autoridades y líderes sociales.
• Conocimiento de antropología jurídica, así como de la aplicación de normas como la ley 21 de 1991, Ley 99 de 1993, ley 70 de 1993 y relacionadas.
• Deseable, conocimiento de las estrategias y programas de desarrollo alternativo
• en Colombia y Etnografía multisituada.
• Excelente manejo de Windows Office (Word, Excel y Power Point) e Internet.

NORMAS DE ÉTICA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
Los fondos consignados a las Naciones Unidas y a UNODC para financiar programas de cooperación técnica provienen de los Estados Miembro de las Naciones Unidad y otras entidades públicas y privadas asociadas. Por ello, todas las transacciones llevadas a cabo con dichos fondos deben ser ejecutadas con base en los más altos estándares de imparcialidad, integridad, transparencia, competencia y responsabilidad personal, para asegurar la confianza pública en las Naciones Unidas.

Según el reglamento financiero 101.2 de las Naciones Unidas, todos los funcionarios tienen la obligación de cumplir con la reglamentación financiera de las Naciones Unidas y con las instrucciones administrativas correspondientes. Todo funcionario que contravenga la reglamentación financiera de las Naciones Unidas y las instrucciones administrativas correspondientes asumirá la responsabilidad personal por sus acciones y puede ser objeto de medidas disciplinarias que incluyen, pero no se limitan, a la terminación del contrato.

HABILIDADES Y COMPETENCIAS
• Excelentes habilidades de comunicación, redacción y trabajo en equipo y en grupos multidisciplinarios y multiculturales. anteriormente para observar su desarrollo.
lograr el buen desarrollo del Convenio. 
• Habilidad analítica y de resolución de problemas, manteniendo la serenidad y buen manejo de las relaciones interpersonales.
• Capacidad de decisión y asumir sus consecuencias.
• Capacidad para manejar un amplio rango de actividades en forma simultánea.
• Actuar en todo momento con extrema discreción respecto de los documentos, información y materiales propios de UNODC.
• Permanente actitud y comportamiento de cordialidad, compostura, respeto y colaboración con todas las personas y organizaciones con quien interactúa UNODC.

Las competencias organizacionales de Naciones Unidas son la base sobre la cual se construye y fortalece todos los sistemas de Recursos Humanos. Toda persona que aspire a trabajar en UNODC debe contar con los siguientes elementos:

COMPETENCIAS FUNDAMENTALES
Son las habilidades, atributos y comportamientos considerados importantes para todo el personal de las Naciones Unidas, independiente de sus funciones o niveles.
• Profesionalismo
• Transparencia
• Eficiencia

HABILIDADES GENERALES
• Compromiso con las iniciativas de aprendizaje continuo y la voluntad de aprender nuevas habilidades.
• Disponibilidad para trabajar en horarios flexibles.
• Estricta confidencialidad. 


Las personas interesadas en esta vacante, deben enviar el Formato P11 que encontrarán en nuestra página web (unodc.org/colombia/es/vacantes), firmado y en sobre cerrado, a la siguiente dirección: Calle 102 No. 17A — 61, Edificio Rodrigo Lara Bonilla en la ciudad de Bogotá, indicando el careo al cual están aplicando.

Las solicitudes se recibirán hasta el 29 de diciembre de 2014, 5:30 p.m. Únicamente se contactarán para el proceso de selección aquellas personas cuyas hojas de vida cumplan con todos los requisitos establecidos en los términos de referencias (ver anexo).

Esta convocatoria está abierta únicamente a ciudadanos colombianos o extranjeros legalmente autorizados para trabajar en Colombia.

UNODC - Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito
Edificio Rodrigo Lara Bonilla  
Calle 102 No.17 A 61
Bogotá, Colombia
Teléfono: (571) 6467000  (571) 6556010
www.unodc.org/colombia 
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